UGT Servicios Públicos, con las trabajadoras y trabajadores de la Educación Infantil

Ante la demanda por conflicto colectivo presentada por UGT Servicios Públicos contra las organizaciones patronales del sector de la Educación Infantil, UGT te explica en este boletín todo lo que tienes que saber para entender la situación actual.

UGT firmó el convenio colectivo en mayo de 2019 y fue publicado en el BOE en julio de 2019. El convenio permitió establecer una regulación laboral y salarial hasta el año 2022. Al mismo tiempo, el convenio supuso un periodo de estabilidad jurídica y laboral para las trabajadoras del sector que culminaba con unas cláusulas de garantía salarial sobre las tablas salariales al final de su vigencia para cada uno de los distintos ámbitos: el estrictamente privado y gestión directa (Anexo I) mediante la Disposición Final Quinta, el de los centros de educación infantil de gestión indirecta (Anexo II) mediante la Disposición Transitoria Octava y el de las antiguas obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y de Cajas de Ahorros (Anexo IV) mediante la Disposición Transitoria Novena.

Los tres ámbitos de negociación de la Educación Infantil han tenido un desarrollo asimétrico (como por otra parte siempre ha existido) debido a la diferente naturaleza jurídica y normativa que regulan su propio funcionamiento. En todos los casos, todas las trabajadoras y trabajadores del sector de la Educación Infantil son importantes y necesarias, razón por la cual se negociaron las mejores cláusulas de revisión salarial posibles con el criterio del IPC al finalizar la vigencia del convenio. Objetivamente, son unas buenas cláusulas de revisión salarial como demuestra el hecho de que hasta el sindicato no firmante lo reconoce implícitamente con su exigencia de que se pague.

UGT Servicios Públicos consiguió que, en el XII Convenio Colectivo, los CPP no pudiesen absorber salario base, es decir, que no fueran compensables ni absorbibles, sino que sean complementos vinculados estrictamente a la formación y que se tienen que abonar si hay incumplimiento empresarial en cuanto a la oferta de dicha formación.

Por otra parte, UGT Servicios Públicos negoció el Convenio Colectivo impidiendo otras recetas del ámbito educativo como las aplicadas en el Convenio de la Enseñanza No Reglada – NO firmado por UGT y firmado en solitario por otra organización sindical- (donde 13 de las 20 categorías profesionales del convenio están por debajo del SMI).

 

Boletín UGT Servicios Públicos, con las trabajadoras y trabajadores de la Educación Infantil