CALENDARIO ESCOLAR Y MOSCOSOS 2025/2026
NORMATIVAS:
«Artículo 15. Por asuntos particulares.
El personal funcionario docente podrá disfrutar, por cada curso escolar, de los
correspondientes días por asuntos particulares no sujetos a antigüedad, con subordinación
a las necesidades del servicio y previa autorización, de los cuales hasta un máximo de dos
podrán ser en días lectivos que deberán disfrutarse en trimestres distintos.»
INSTRUCCIÓN DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, RELATIVA
AL DISFRUTE DE ASUNTOS PARTICULARES NO SUJETOS A ANTIGÜEDAD
POR EL PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE
