COVID-19. MODIFICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE ACTIVIDADES LECTIVAS Y EXTRAESCOLARES. CURSO 20-21.

Educacyl publica:

MODIFICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL REGRESO A LA ACTIVIDAD LECTIVA Y DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2020/2021 TRAS LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR CONVID -19 EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, APROBADO POR ACUERDO 76/2020, DE 3 DE NOVIEMBRE, DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

Ante la publicación del Acuerdo 25/2021, de 8 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León aprobado por Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, en lo relativo al desarrollo de la práctica de actividades deportivas, procede adecuar algunos aspectos de los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva yde los servicios complementarios y actividades extraescolares en los centros educativos parael curso escolar 2020-2021, con el objetivo de permitir el desarrollo de determinadas actividades de carácter deportivo.

1.- Modificación del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos para el curso escolar 2020-2021.

El apartado 3.11.a queda redactado en los siguientes términos:

3.11.- Gestión de actividades físicas y otras actividades.

  1. Actividades deportivas.
    1. Se permite el desarrollo de actividades deportivas individuales y colectivas, que no impliquen un contacto físico continuado, con las limitaciones y requisitos que se que se recogen en los siguientes apartados.
    2. Se establece un máximo de 30 alumnos para la práctica deportiva de forma simultánea.
    3. Para la práctica de las actividades deportivas colectivas será obligatorio del uso de mascarilla.
    4. Las actividades deportivas colectivas se realizarán exclusivamente al aíre libre.
    5. Debe recordarse a las familias que el día que haya educación física los alumnos deberán ir vestidos desde su casa con la ropa adecuada para así minimizar el uso de los vestuarios.
    6. El material deportivo de uso comunitario deberá ser desinfectado de forma regular.

2.- Modificación Protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios y actividades extraescolares los centros educativos para el curso escolar 2020-2021.

El apartado 4.4 queda redactado en los siguientes términos:

4.- Actividades extraescolares.

4. Se permite el desarrollo de actividades extraescolares de carácter deportivo individual y colectivo, que no impliquen un contacto físico continuado, con las limitaciones y requisitos que se recogen a continuación:

  • Se establece un máximo de 30 alumnos para la práctica deportiva de forma simultánea.
  • Las actividades deportivas colectivas se desarrollarán exclusivamente al aire libre.
  • Para la práctica de las actividades deportivas colectivas será obligatorio del uso de mascarilla.
  • El material deportivo de uso comunitario deberá ser desinfectado de forma regular.
  • En la medida de lo posible se minimizará el uso de los vestuarios.
 
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